Deducciones por investigación y desarrollo: recurso contencioso

Las personas jurídicas que realizan actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) tienen derecho a obtener, por los gastos invertidos en estos Proyectos, una importante deducción fiscal en su declaración del Impuesto de Sociedades.

Con el objetivo de obtener seguridad en la aplicación de dicha deducción fiscal, el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, permite solicitar del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la emisión de un Informe Motivado que acredita la naturaleza de I+D del Proyecto y que resulta vinculante para la AEAT.

¿Cómo se obtiene el informe de acreditación de I+D?

Para obtener dicho Informe Motivado, el Proyecto debe de ser evaluado por una entidad Certificadora acreditada por ENAC, cuyos expertos independientes deberán certificar su naturaleza de I+D tras un riguroso examen.

No obstante, una vez obtenida dicha Certificación de I+D, en ocasiones nos encontramos con la sorpresa de que el Ministerio, sin apenas argumentar su decisión, rebaja la calificación del Proyecto a mera Innovación Tecnológica (IT), con la consecuencia de una seria minoración en la cuantía de la deducción fiscal amparada por el Ministerio.

¿Quieres recurrir la reducción del Ministerio en tu inversión en I+D?

Frente a estas resoluciones de la Administración, la respuesta es acudir a los Tribunales de Justicia. En ALBIÑANA ABOGADOS somos expertos en este tipo de recurso contencioso, habiendo obtenido numerosas sentencias favorables, que han permitido a nuestros clientes aplicarse la deducción fiscal por actividades de I+D con total seguridad.

Puedes consultar algunas de estas sentencias: